El Tribunal Supremo da el arma definitiva a los ecologistas sobre la Red Natura.
El Tribunal Supremo ha dado el arma definitiva a los ecologistas. En una sentencia de principios de junio establece que «todos, absolutamente todos, los proyectos, planes.
El Tribunal Supremo ha dado el arma definitiva a los ecologistas. En una sentencia de principios de junio establece que «todos, absolutamente todos, los proyectos, planes y actividades que se vayan a instalar, o llevar a cabo, en territorio declarado Red Natura 2000» tienen que tener un control ambiental. El fallo da la razón a la ONG SEO/Birdlife, que había recurrido los planes extremeños de gestión. También obliga a establecer criterios de seguimiento de control de especies en Red Natura, que supone un 30% del suelo español. La sentencia llega cuando las comunidades están relajando las normas ambientales para favorecer la construcción.
La Red Natura 2000 son espacios señalados por su importancia ecológica en base a las directivas europeas. No tienen las restricciones de un parque natural y a menudo han sido vistas por las Administraciones como un sello bonito para fomentar el turismo pero sin obligaciones reales de conservación. En España, hay en Red Natura 2000, sea como Lugar de Interés Comunitario (LIC) o Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) más de 138.000 kilómetros cuadrados de superficie terrestre, «lo que representa aproximadamente un 27,35 % del territorio español, y unos 84.000 kilómetros cuadrados de superficie marina».
SEO/Birdlife recurrió el decreto extremeño que regulaba esta red de espacios y llegó hasta el Supremo para reclamar, entre otras cosas, un control ambiental sobre todas las obras en Red Natura. El Supremo da la razón a los ecologistas. «La Sala entiende que del propio tenor literal de la directiva europea todos los planes o proyectos que, directa o indirectamente, puedan afectar a los objetivos de conservación de Red Natura 2000 deben someterse a informe de afección, a fin de determinar si pueden o no afectar, de forma apreciable, a los mismos, sin que sea posible establecer, a priori y con carácter general, la exclusión de la fase de cribado que supone el informe de afección a determinados tipos de proyectos o actividades, ni por su tamaño, ni por su reversibilidad, ni por su ubicación dentro de una determinada zona del territorio incluido en la Red».
Se aplica a zonas a menudo vistas por las Administraciones como un sello bonito para fomentar el turismo pero sin obligaciones reales.
Las comunidades han empezado a sustituir el control ambiental de proyectos por declaraciones responsables para acelerar la recuperación económica, pero la sentencia obliga a que tengan algún trámite ambiental, aunque no llegue a una declaración de impacto. Octavio Infante, responsable de la ONG que ha logrado el fallo, explica la importancia: «El espíritu de la Red 2000 no es que sea una isla donde no se hace nada sino de evaluarlo. Aunque no es un parque nacional o un parque natural que hay limitaciones puede haber un desarrollo local que se compatibilice».
Infante añade que las implicaciones van más allá de Extremadura. «Extremadura intentaba no hacer informes de no afección sobre Red Natura 2000. Pero la sentencia es muy clara y no podemos estar a expensas de lo que interprete cada comunidad. Castilla y León publicó en noviembre algo similar. Afirman que llevan miles de informes realizados y que saben que hay determinado tipo de proyectos que no hay que analizar».
El Tribunal resalta que no puede haber excepciones: «En aplicación del principio de cautela, que todos, absolutamente todos, los proyectos, planes y actividades que se vayan a instalar, o llevar a cabo, en territorio declarado Red Natura 2000 deben someterse a fase de cribado mediante informe de afección». La ONG ha estado representada por el catedrático de Derecha Administrativo y experto en temas ambientales Carlos González Antón.
Otro punto que toca son los planes de gestión de estos espacios, que a menudo solo enumeran los valores ambientales pero sin incluir objetivos de mejora. «Nos viene a dar la razón en que los planes de gestión son deficitarios en cuestiones clave, que la mayoría no tienen objetivos de conservación ni medidas que la controlen», señala Infante.
El Supremo es muy crítico con los planes de gestión de Red Natura de Extremadura. «La sala no puede sino pronunciarse en favor del planteamiento de la sociedad demandante, pues un estudio aleatorio, pero significativo, de los Planes de Gestión aprobados pone de manifiesto que en realidad no son tales, sino una «simple foto fija» de los datos cuantitativos que se tenían en la fecha de su elaboración, tanto respecto de hábitats como de especies, sin conocer en la inmensa mayoría la evolución de su estado de conservación (es abrumadora la expresión «tendencia desconocida») en las ZEPAS y Zona de Especial Conservación analizados».
El Supremo obliga a cambiar toda la gestión ambiental de las comunidades autónomas en Red Natura al señalar que estos planes de gestión y enumera cosas que deberían incluir. Cita, por ejemplo, «un valor de referencia predeterminado para cada especie o hábitats, al menos en sus elementos claves, en número concreto de ejemplares, que se considere como población de referencia del buen estado de conservación de la especie». La sentencia baja al detalle de lo que deben contemplar por tipo de hábitats: «En cuanto a los hábitats y especies ligadas al agua, es imprescindible la definición de los caudales mínimos y máximos, regímenes estacionales y caudal generador necesario (o rangos) para que las especies acuáticas y hábitats ligados al agua alcance su objetivo de conservación».
Infante explica que, en aplicación de esta sentencia, las comunidades deberían revisar todos sus planes de gestión y ver, no solo cuál es el valor ecológico actual sino cuál debería ser el óptimo. «Deben ver si, por ejemplo, hay una pareja de águila imperial y si el óptimo por el espacio y el hábitat pueden llegar a tres. Ese debería ser el objetivo de conservación»: Hay comunidades, como Murcia o Aragón, que no tienen ni planes de gestión aprobados.
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