Quebrantahuesos Coronavirus

La Red Natura 2000 en Aragón: incumplimiento desde hace mucho tiempo.

A lo largo de estos meses de 2020, los grupos conservacionistas de Aragón (y en especial la FCQ), han participado muy activamente en el proceso de participación con el objetivo para mejorar los borradores de los futuros Planes de Gestión de la Red Natura 2000, cuya elaboración ha supuesto un gasto  de tres  millones de euros (principalmente mediante encargos a SARGA).

En 2015, la FCQ ya presentó alegaciones a la información pública de los primeros Planes de Gestión de la región alpina, cuya contestación se recibió dos años después, con muy poca atención a las sugerencias y aportaciones. En octubre de 2019, la FCQ también envió alegaciones al Plan Director de la Red Natura 2000 en el periodo de consultas iniciado por el INAGA, que influyeron en la respuesta al Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, en la que recomienda un cambio sustancial del Plan en un plazo de 6 meses.

En diciembre 2019 se inicia el proceso de participación pública de los nuevos Planes (407 entre planes de espacios y de valores) y desde la FCQ se enviaron alegaciones, cuya fase de retorno se retrasó sin explicación varios meses, hasta julio  de 2020.

Durante los meses de junio y julio de 2020, la FCQ, ANSAR, SEO y Ecologistas en Acción han participado en la Comisión de Espacios Naturales y Biodiversidad del Consejo de Protección de la Naturaleza de Aragón (CPNA) y sugerido la necesidad de una profunda revisión de los Planes, estimando que no deberían aprobarse en su redacción actual. Se ha solicitado diseñar un nuevo formato siguiendo el contenido mínimo establecido por la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente de 2011, que incorpore objetivos, medidas y acciones concretas de conservación, e incentivos y compensaciones para desarrollarlos y también las recomendaciones de la propia Comisión Europea (CE) sobre la forma de aplicar la Directiva de Hábitats, que jamás han sido consideradas en los planes, ni en el plan director,  ni en la actuación del INAGA.

También recomendamos que los Planes deben de estar dotados de la financiación prevista en Marco de Acción Prioritaria (MAP), con un cronograma de ejecución, un responsable de su cumplimiento y un plan de seguimiento y evaluación de la efectividad de las medidas de conservación.

Nuestra propuesta coincide con el contenido de la nueva Carta de emplazamiento de la Comisión Europea (CE),  recibida por el Gobierno de España en julio 2020. En la citada Carta  se expone que los Planes de Gestión aprobados hasta ahora por la mayoría de las CCAA (incluidos los de Castilla y León, utilizados por el Gobierno de Aragón como modelo) y por la Administración Central, incumplen sistemáticamente las obligaciones del artículo 4 de la Directiva 92/43/CEE, por no fijar objetivos y medidas de conservación detallados y específicos, lo que viene a reafirmar nuestra solicitud de revisión y cambio de orientación de los actuales Planes.

Señala además la Carta, que la Comunidad Autónoma de Aragón ha incumplido todas las obligaciones al no declarar ni una sola Zona de Especial Conservación (ZEC), ni aprobar ningún Plan de Gestión. El límite temporal para completar estos pasos “caducó hace mucho tiempo” y la CE ya envió a España una primera carta de emplazamiento hace cinco años señalando el reiterado incumplimiento del derecho comunitario en materia de conservación de hábitats y de especies de interés para la UE. Las  dos cartas son el paso previo al  dictamen motivado  y la posterior  remisión del asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Recientemente, en el mes de junio de 2020, el Tribunal Supremo emitió un sentencia concluyendo entre otras cuestiones, que la Junta de Extremadura ha vulnerado el art 6.3 de la Directiva Hábitats, que obliga a someter a Evaluación Adecuada (EA) todos los proyectos que puedan afectar las ZEC sin permitir exclusiones ni excepciones. Además se señalan los  incumplimientos: de los denominados Planes de Gestión en cuanto a los objetivos de conservación de especies y hábitats (que deben fundamentarse en exclusiva en información ecológica); de la obligatoriedad de establecer medidas detalladas de conservación, de la necesidad de un plan de seguimiento de la eficacia de estas medidas, además de señalar los extralimitaciones del denominado Plan Director.

En este contexto, hemos solicitado a la Dirección General competente del  Gobierno de Aragón que reflexione, atendiendo las recomendaciones de la carta de emplazamiento, de la sentencia y a las alegaciones de las organizaciones ecologistas y reconsidere y revise los borradores actuales de los planes pendientes de aprobación y el Plan Director;  y asegure la EA en los procedimientos administrativos del INAGA de autorización de actividades, que afecten directa e indirectamente a espacios LIC, ZEC y ZEPA de la Red Natura 2000, para así cumplir las obligaciones establecidas en la Directiva de Hábitats, aprobada en el año 1993 y todavía totalmente incumplida en Aragón.