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Helibike Pirineo aragonés 2020.

Hasta la fecha no tenemos constancia de que el INAGA haya resuelto el expediente de declaración impacto ambiental de la actividad de helibike en 2020.

El pasado mes de julio de 2020 la empresa Altituderides anunciaba en su Facebook (https://www.facebook.com/altituderides/), que comenzaban la temporada de vuelos de helibike en el Pirineo aragonés. En agosto se conoce por el Facebook la noticia del vuelo en helibike de Calleja en Sobrarbe:

https://www.facebook.com/jesuscalleja/videos/396996887947199/

Posteriormente salta la noticia a la prensa en el Heraldo de Aragón:

https://www.heraldo.es/noticias/aragon/huesca/2020/08/12/jesus-calleja-regresa-al-pirineo-para-practicar-helibike-y-vuelve-la-polemica-1390510.html

En octubre de 2017 el Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente Huesca autorizó a la empresa Altituderides la actividad de “Helibike”. La actividad quedo sujeta a un máximo de 8 vuelos anuales, con un máximo de 50 clientes día, en los periodos comprendidos entre julio, septiembre y noviembre: Punta Suelza-Bielsa, Peña Blanca-Plan, Colladeta del Ibón de Plan-Saravillo y Siera Negra-Benasque. Según el informe del Ingeniero de Montes de 31-7-2017 “se trata de un tema novedoso que se quiere probar”. De ese carácter de “prueba”, cabía deducir que la autorización solo era para el ejercicio 2017 y no para una duración superior que excediera la mera prueba, ya que para ello el técnico señalaba que debería pasar a autorizarse como un aprovechamiento recreativo por tratarse de un uso lucrativo del monte. Dicha documentación fue remitida por el Consejo de Transparencia a la FCQ. La autorización carecía de fecha de caducidad y de argumentación legal. El 20-10-2018 la FCQ solicitó al Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente Huesca, que subsanara la omisión de la intervención del INAGA en la autorización  del “Helibike” en el Pirineo aragonés.

Posteriormente en 2019 según expediente INAGA/500201/01/2019/04690 se consulta si la actividad de helibike en las Comarcas de Sobrarbe y Ribagorza debe ser sometida al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) Ordinaria según el artículo 37,3,a, de la Ley 11/2014.

Por último el Consejo de Protección de la Naturaleza de Aragón (CPNA), dentro del trámite de consultas referido a la Ley 11/2014, realizó un dictamen sobre el proyecto de actividad de helibike en el Pirineo Aragonés. Concretamente sobre si el proyecto debía someterse a EIA Ordinaria. Para ello el CPNA (compuesto por una amplia representación de la sociedad aragonesa: Grupos Parlamentarios, Sindicatos, representantes empresariales, ONGs, Comarcas, Universidad, Federaciones deportivas, etc.), aprueba el dictamen en el pleno de 20-12-2019 ver:

https://www.aragon.es/documents/20127/2657130/Dictamen+del+Consejo+de+Protecci%C3%B3n+de+la+Naturaleza+de+Arag%C3%B3n+sobre+el+Proyecto+de+actividad+de+Helibike+en+el+Pirineo+aragon%C3%A9s+%28comarcas+de+Sobrarbe+y+Ribagorza%29+y+su+estudio+ambiental+simplificado.pdf/cab7d4ee-3016-ad49-3da6-a9cbb0bfe619?t=1578993776729

En el dictamen se exponía que considerando los elevados valores ambientales potencialmente afectados por la actividad prevista del  helibike, sobre todo con relación a la afección a determinadas especies catalogadas, sus áreas críticas y a los espacios protegidos, este Consejo recomienda al INAGA que proceda a someter el presente proyecto a EIA Ordinaria, debiéndose presentar un documento completo que analice los impactos ambientales y recomendando por parte de este Órgano que se incorporen al estudio de impacto las consideraciones específicas de este dictamen.

Por ello desde la FCQ durante julio de 2020 hemos solicitado al INAGA el informe relativo a la EIA Ordinaria, con el fin de conocer el resultado de la misma.