Fallecimiento de Elisabeth

El Tribunal Constitucional sienta jurisprudencia y dictamina que los terrenos incluidos en la Red Natura 2000 deben protegerse como suelos no urbanizables de especial protección. Un sentencia de consecuencias importantes, pues la Red Natura 2000, o espacios protegidos por los estados bajo la cobertura de la UE, ampara en España más de 200.000 kilómetros cuadrados, el 27,35 % del territorio español.

El Tribunal Constitucional (TC) ha dictado sentencia por la que se estima sustancialmente la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX) en el marco del procedimiento contencioso administrativo en el que ya se ha declarado la ilegalidad de la urbanización de la isla de Valdecañas, en Cáceres.

Todo este procedimiento proviene de la homologación por parte de la Junta de Extremadura del PIR Marina Isla de Valdecañas, decisión que fue recurrida por las organizaciones ambientalistas Adenex y Ecologistas en Acción.

Lo relevante es que el Tribunal Constitucional vuelve a confirmar, por tercera vez, lo alegado por las asociaciones ecologistas: “Que la utilización de los terrenos con valores ambientales que sean objeto de protección por la legislación aplicable, quedará siempre sometida a la preservación de dichos valores, y comprenderá únicamente los actos de alteración del estado natural de los terrenos que aquella legislación expresamente autorice. Protección que alcanza aún mayor intensidad, si cabe, en el caso de los espacios naturales especialmente protegidos y los incluidos en la Red Natura 2000”.

Vista aérea del embalse de Valdecañas, en Extremadura, donde se construyó una urbanización que ahora el Tribunal Constitucional considera fuera de la legalidad.

Esta regulación es de carácter estatal y básico y no puede ser alterada por las comunidades autónomas como hizo la Junta de Extremadura en su Ley 9/2011 con la pretensión de legalizar el complejo Marina Isla Valdecañas, la cual es declarada inconstitucional.

Las organizaciones ecologistas entienden que, con este pronunciamiento del Tribunal Constitucional, se cierra el debate sobre la imposibilidad legal de ejecutar las sentencias sobre Valdecañas. Al mismo tiempo debilita los argumentos planteados por la Junta de Extremadura respecto a la imposibilidad material, al entender el TC que la urbanización supone la desprotección y destrucción de facto del espacio afectado.

Es por estos motivos que las organizaciones ecologistas manifiestan su satisfacción tras más de 12 años de procedimiento y tres sentencias favorables e instan a los responsables a ejecutar las sentencias de restauración del suelo a su estado previo.

La sentencia se esgrimirá por parte de las ONG ante otras comunidadeds autónomas, como la Junta de Andalucía, al entender que los Planes de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) de los parques naturales han desprotegido suelos para su declaración como urbanizables por los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU).

Según los ambientalistas los casos más conocidos en territorio andaluz han sido hotel El Algarrobico, construido en suelo protegido del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, y Valdevaqueros, donde se aprobó un proyecto de urbanización a pesar de estar incluido en el Parque Natural del Estrecho. Ambos parques naturales forman parte de la Red Natura 2000, y ambos proyectos urbanísticos han sido declarados ilegales por los Tribunales, en base a recurso de Ecologistas en Acción.

Esta sentencia del TC recoge la jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS) que ya había dictaminado que la inclusión de unos terrenos en la Red Natura 2000 “comporta la sujeción de esos terrenos a unos regímenes de protección que (…) determina que sea preceptiva su clasificación como suelo no urbanizable de especial protección”.

¿Qué es la Red Natura 2000?

Natura 2000 es una red ecológica europea de áreas de conservación de la biodiversidad. Consta de Zonas Especiales de Conservación (ZEC) establecidas de acuerdo con la Directiva Hábitat y de Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) designadas en virtud de la Directiva Aves.

Su finalidad es asegurar la supervivencia a largo plazo de las especies y los tipos de hábitat en Europa, contribuyendo a 1detener la pérdida de biodiversidad. Es el principal instrumento para la conservación de la naturaleza en la Unión Europea.

La Red está formada actualmente en España por 1.467 Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), incluidos en las Listas de LIC aprobadas por la Comisión Europea, y por 657 Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), que comprenden en conjunto una superficie total de entorno más de 222.000 km2.

De esa extensión total, más de 138.000 km2 corresponden a superficie terrestre, lo que representa aproximadamente un 27,35 % del territorio español, y unos 84.000 km2, a superficie marina.

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