
El Supremo avala una autorización del Clúster del Maestrazgo, pero el proyecto continúa paralizado y bajo investigación judicial y penal.
La Plataforma a favor de los Paisajes de Teruel, la Fundación para la Conservación del Quebrantahuesos (FCQ), el Movimiento Ambiental del Maestrazgo (MAT Castellón) y el Movimiento Ciudadano Teruel Existe, promovieron y financiaron este recurso judicial, con el objetivo de defender el patrimonio natural, la biodiversidad y el paisaje del Maestrazgo y así darle voz a la preservación del medio ambiente, de manera desinteresada, altruista y por el interés general. Entre las principales preocupaciones del posible desarrollo del proyecto destacan los posibles efectos acumulativos de las instalaciones eólicas sobre las grandes aves rapaces, la fragmentación de hábitats, la alteración de corredores ecológicos, la fractura social y las consecuencias socioeconómicas en el territorio. Pese a la sentencia desfavorable, las obras siguen suspendidas por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ya que continúan abiertas varias causas (recursos contencioso-administrativos) y la investigación penal relacionada con la empresa Forestalia. El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso contencioso-administrativo presentado contra las autorizaciones del parque eólico El Cid I, integrado en el denominado Clúster del Maestrazgo, confirmando la legalidad de las resoluciones examinadas. Sin embargo, la sentencia no representa un aval judicial definitivo al conjunto del Clúster del Maestrazgo. Paralelamente, continúa abierta una investigación penal en el Juzgado de Instrucción n.º 1 de Teruel por presuntas irregularidades en la tramitación ambiental de proyectos de Forestalia. La investigación incluye actuaciones de la Unidad Central Operativa de Medio Ambiente (UCOMA) de la Guardia Civil y examina posibles irregularidades relacionadas con responsables públicos y procedimientos de evaluación ambiental. El interés público superior de las energías renovables no puede servir para restar importancia a la necesidad de esclarecer las posibles irregularidades en la tramitación de proyectos de esta magnitud. Respetando absolutamente la resolución judicial, es curioso que el Supremo respalde una autorización sustentada en una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) cuya tramitación se encuentra bajo sospecha. Mientras que no exista tanto una mayor especialización y dotación de medios del sector judicial y admitiendo que estos casos son de gran complejidad (por ejemplo como el del Mar Menor, Algarrobico, Doñana, etc.), las sentencias ambientales difícilmente serán favorables a la conservación de la naturaleza. Desde la FCQ defendemos que la transición energética debe desarrollarse con transparencia, garantías ambientales, rigor científico y pleno respeto a la biodiversidad. La protección del medio ambiente exige no solo cumplir formalmente los procedimientos administrativos, sino también garantizar su independencia, transparencia y credibilidad.

